El SEPE cambia de criterio respecto de la obligación de presentar Renta a los perceptores del paro
En los últimos días, una instrucción interna emitida por el SEPE deja deja aplazada la obligación de presentar Renta a los perceptores del paro
El Real Decreto-ley 2/2024 aprobado en mayo de 2024 introdujo una modificación en la Ley General de la Seguridad Social que obligaba a todos los perceptores de prestaciones por desempleo a presentar la Declaración de la Renta, independientemente de sus ingresos, como requisito para seguir cobrando la prestación.
A pesar de que la normativa está vigente y no se ha publicado ninguna modificación, se ha producido un cambio de criterio y el SEPE ha emitido una instrucción interna en la que aplaza su aplicación, por lo que la presentación de la declaración de IRPF correspondiente al ejercicio 2024, cuya campaña comienza en unos días, no será obligatoria solo por el hecho de percibir la prestación.
El motivo principal de este aplazamiento es que la normativa entró en vigor el 1 de noviembre de 2024, lo que habría supuesto aplicar con carácter retroactivo una exigencia que no existía durante la mayor parte del año. Con esta decisión, el SEPE trata de evitar una aplicación abrupta del nuevo requisito y dar margen a los beneficiarios para adaptarse.
No todos los perceptores del paro estarán exentos de declarar
Es importante aclarar que no todos los beneficiarios de prestaciones por desempleo estarán exentos de presentar la Declaración de la Renta en 2025.
El aplazamiento anunciado por el SEPE solo afecta a la nueva obligación específica de los perceptores del paro, pero sigue vigente la normativa general del IRPF. Esto significa que aquellos que superen los umbrales de ingresos que obligan a declarar según la normativa fiscal deberán presentar su declaración como cualquier otro contribuyente.
En otras palabras, quienes perciban otras rentas, ingresos por trabajo, actividades económicas o rentas del capital que superen los límites establecidos por la Agencia Tributaria, sí estarán obligados a declarar, aunque reciban también prestación por desempleo.
La obligación se aplicará en 2026, salvo cambios normativos
A partir del ejercicio fiscal 2025 (declaración en 2026), salvo que se produzcan nuevas modificaciones legislativas, todos los perceptores de prestaciones por desempleo estarán obligados a presentar la Declaración de la Renta, independientemente de sus ingresos.
El aplazamiento de este año responde a una decisión operativa del SEPE, pero la ley que establece la obligación sigue en vigor. Por ello, los beneficiarios deberán estar preparados para cumplir con este requisito en el futuro, ya que se espera que la Agencia Tributaria exija su cumplimiento sin excepciones a partir de 2026.
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