AYUDAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA AUTONOMOS CON DIFICULTADES OCASIONADAS POR EL COVID-19
La Comunidad de Madrid ha acordado ampliar el Programa Impulsa para autónomos con dificultades ocasionadas por el Covid- 19, incluyendo a las dos líneas de ayuda que ya existían, la emergencia sanitaria provocada por el brote de coronavirus.
La ayuda consiste en el pago de las cuotas por contingencias comunes a la Seguridad social durante 12 meses, tomándose como referencia la base mínima de cotización vigente en el mes en que se haya presentado la solicitud, con las especialidades previstas para el caso de estar disfrutando de alguna bonificación ó moratoria sobre la misma cuota de autónomos
Esta ayuda está dirigida a aquellos autónomos que cumplan los siguientes requisitos:
- Desarrollar su actividad en la Comunidad de Madrid
- Estar afectado por la emergencia sanitaria
- Estar dados de alta en el RETA
- Permanecer en alta en dicho régimen al menos durante 12 meses desde la presentación de la solicitud
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración General, con la Comunidad de Madrid, y con la Seguridad Social.
Para la solicitud de la ayuda, se deberán aportar los siguientes documentos:
- Formulario debidamente cumplimentado y firmado.
- En su caso, documentación válida en derecho que acredite de manera fidedigna la representación legal.
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas. Modelo 037 o 036.
- Recibo bancario justificativo del pago de la cotización a la Seguridad Social correspondiente al último mes a cuyo pago estuviera obligado el trabajador por cuenta propia o autónomo.
- Documentación acreditativa de la realización del Plan de Prevención de Riesgos Laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales o, en su caso, justificación de estar exento de dicha realización.
- Documentación acreditativa del lugar donde se desarrolla la actividad y justificativa de la afección negativa a su propia actividad.
- Documentación acreditativa que permita constatar la existencia de obras en la vía pública próximas al lugar donde se desarrolla la actividad, tales como certificados de autoridad pública, de Servicios Municipales o de Servicios de Emergencias así como informes de organismos oficiales.
- Documentación acreditativa que permita constatar el acaecimiento de catástrofes naturales o siniestros fortuitos, y la afección de dichos sucesos a la actividad del beneficiario, tales como certificados de autoridad pública, de Servicios Municipales o de Servicios de Emergencias, informes de organismos oficiales, así como informes de compañías aseguradoras o del Consorcio de Compensación de Seguros del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
- Documentación acreditativa que permita constatar la afectación de su actividad como consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por el coronavirus COVID-19.
El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el próximo 26 de junio.
Para más información no dude en contactar con nosotros


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