Según borrador de anteproyecto de ley que está actualmente en proceso de desarrollo, estos son los principales cambios que afectarán a empresas y trabajadores en relación a la jornada laboral:
Reducción de la jornada laboral
El borrador de anteproyecto de ley propone una reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo a 37,5 horas semanales de promedio en cómputo anual. Esta reducción se aplicaría a partir del 1 de enero de 2025, lo que significa que las empresas deberán adaptar sus convenios y contratos laborales para cumplir con esta nueva jornada.
Hasta que la ley entre en vigor, durante los años 2024 y 2025, se establece un periodo transitorio en el cual la jornada máxima de trabajo será de 38,5 horas semanales.
Registro de jornada laboral
Uno de los cambios más relevantes que se incluye en este borrador es la obligatoriedad del uso de medios digitales para el registro de la jornada laboral. Ya no será posible el uso de sistemas manuales, y todas las empresas deberán implantar sistemas electrónicos que garanticen:
- Fiabilidad, objetividad y accesibilidad de los datos registrados.
- El acceso remoto de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) y los representantes de los trabajadores para revisar los registros en cualquier momento.
- La identificación inequívoca del trabajador al realizar su fichaje, así como la trazabilidad de cualquier modificación que se realice en los registros.
Las empresas estarán obligadas a conservar los registros durante cuatro años y deberán estar siempre disponibles para su consulta.
Consecuencias por el incumplimiento
El borrador contempla sanciones en caso de incumplimiento de estas nuevas normas. En particular, el incumplimiento en materia de jornada laboral, horas extraordinarias y registro de jornada puede conllevar multas que varían entre 1.000 y 10.000 euros según la gravedad del caso.
Además, en situaciones donde no se registre la jornada de los trabajadores a tiempo parcial correctamente, sus contratos podrían presumirse como de jornada completa.
Período de transición y negociación colectiva
El borrador también menciona la posibilidad de negociar colectivamente o mediante acuerdo entre la empresa y los trabajadores para definir la organización y funcionamiento del registro de jornada. En cualquier caso, las normas que regulen la jornada laboral y el registro deberán ser implementadas por todas las empresas en los plazos que se estipulen una vez que la ley entre en vigor.
Revisión de jornadas especiales
El anteproyecto de ley también prevé una revisión de las jornadas especiales de trabajo, que afectaría a aquellos sectores en los que la jornada ordinaria de trabajo tenga particularidades específicas. Esta revisión se realizará en los próximos 18 meses, una vez aprobada la norma.
Conclusión
Es importante recordar que este texto es un borrador de anteproyecto de ley y aún está en proceso de desarrollo legislativo. No obstante, consideramos fundamental que empresas y trabajadores estén al tanto de estos posibles cambios para que puedan prepararse de cara al futuro. Seguiremos informando sobre el progreso de esta legislación y cualquier novedad que pueda surgir.
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