Si tienes una vivienda que alquilas por temporadas cortas —ya sea a estudiantes, trabajadores desplazados o incluso para vacaciones—, debes saber que desde el 1 de julio de 2025 es obligatorio registrarla oficialmente en el nuevo Registro Estatal de Arrendamientos de Corta Duración.
Este cambio viene regulado por el Real Decreto 1312/2024, y su objetivo es controlar y dar transparencia a los alquileres de corta duración, tanto turísticos como por motivos laborales, académicos o sanitarios.
Este registro afecta a todas las viviendas o habitaciones que se alquilan por cortos periodos, aunque no se consideren alquiler turístico ni estén publicadas en plataformas como Airbnb o Booking.
¿Qué hay que hacer?
Si estás en esta situación, estos son los pasos que hay que dar antes del 1 de julio de 2025:
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Registrar el inmueble en la Ventanilla Única Digital habilitada por el Ministerio.
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Obtener un Número de Registro de Alquiler (NRA), que identificará el inmueble.
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Incluir ese número en todos los anuncios y contratos de alquiler.
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Comunicar anualmente ciertos datos básicos de actividad (número de días alquilado, finalidad, etc.).
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Actualizar el registro si cambian los datos (uso del inmueble, titular, destino del alquiler…).
¿Y las plataformas como Airbnb, Idealista o Booking?
Las plataformas digitales estarán obligadas a comprobar que el NRA es válido antes de permitir publicar el anuncio. Si no lo es, deberán retirarlo en un máximo de 48 horas. Además, enviarán información periódica a la Administración con detalles de los inmuebles anunciados.
¿Qué pasa si no lo hago?
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No podrás anunciar legalmente tu vivienda o habitación en ninguna plataforma.
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La Administración podrá imponer sanciones económicas elevadas.
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La vivienda podría considerarse fuera del mercado legal.
¿ Que podemos hacer por ti?
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Registrar el inmueble en la Ventanilla Única Digital habilitada por el Ministerio.
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Obtener un Número de Registro de Alquiler (NRA), que identificará el inmueble.
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Comunicar anualmente ciertos datos básicos de actividad (número de días alquilado, finalidad, etc.).
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Actualizar el registro si cambian los datos (uso del inmueble, titular, destino del alquiler…).
Si estás alquilando una vivienda por temporadas, o estás pensando en hacerlo, contacta con nosotros para adaptarte a la normativa
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