Una reciente sentencia del Juzgado de lo Social de Madrid ha reconocido por primera vez el derecho de un trabajador del sector privado a percibir salario durante las ocho semanas de permiso parental reguladas en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores.
Hasta ahora, este permiso se consideraba no retribuido en la legislación española. Sin embargo, el tribunal ha estimado que debe aplicarse directamente la Directiva (UE) 2019/1158, que obliga a los Estados miembros a garantizar al menos dos semanas retribuidas de permiso parental. Según el fallo, la falta de transposición de esta norma europea no puede perjudicar al trabajador.
Esta resolución abre la puerta a que otros empleados por cuenta ajena puedan reclamar judicialmente la retribución de este permiso, especialmente en ausencia de una normativa nacional que lo contemple expresamente.
Si quieres conocer en detalle qué es el permiso parental, quién puede solicitarlo, cómo se disfruta y qué requisitos existen, te recomendamos consultar nuestro artículo explicativo:
Todo lo que debes saber sobre el permiso parental de 8 semanas
¿Qué implica el permiso parental para empresas y trabajadores?
Desde el punto de vista del trabajador, la sentencia refuerza el derecho a la conciliación y supone un reconocimiento económico clave para poder ejercer este permiso sin renunciar a ingresos.
Sin embargo, muchas pequeñas empresas se enfrentan a una situación delicada: deben asumir el coste de un trabajador ausente durante ocho semanas, sin contar con ningún tipo de ayuda pública ni compensación. Esto puede poner en riesgo la continuidad de negocios con poca plantilla o escasa capacidad financiera.
Además, los trabajadores autónomos siguen sin disponer de un permiso equivalente, quedando fuera de este marco de protección.
¿Qué se puede hacer?
Desde nuestro despacho:
- Asesoramos a trabajadores que quieran solicitar el permiso parental o reclamar su retribución.
- Ayudamos a empresas a gestionar correctamente estas solicitudes y resolver dudas sobre su cumplimiento.
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