• Menu
  • Skip to right header navigation
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Saltar al pie de página

Before Header

SOLICITAR CONSULTA 91 378 10 00

  • Correo electrónico
  • Teléfono

Logo Joysa

Gestión de Empresas

  • SERVICIOS
    • FISCAL Y CONTABLE
      • AUTONOMOS
      • SOCIEDADES
        • CONSTITUCIÓN
      • PARTICULARES
    • LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL
      • EMPRESAS
      • AUTONOMOS
      • EMPLEAD@S DE HOGAR
      • PARTICULARES
    • AUTOMOVILES
    • EMISION CERTIFICADOS DIGITALES
    • OTROS TRAMITES
      • HERENCIAS
      • OBLIGACIONES ARRENDAMIENTOS DE CORTA DURACION
      • NACIONALIDAD POR RESIDENCIA
      • LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD
      • PROTECCIÓN DE DATOS Y LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO
      • LICENCIAS MUNICIPALES
      • SUBVENCIONES
  • NOTICIAS
  • INFORMACIÓN ÚTIL
    • FISCAL
    • LABORAL
    • AUTONOMOS
    • RENTA
    • PRESTACIONES Y DEDUCCIONES
      • MODALIDADES DE JUBILACION DESDE ABRIL 2025
      • PRESTACION POR NACIMIENTO Y CUIDADO DEL MENOR
      • DEDUCCION POR MATERNIDAD
      • REDUCCION DE A COTIZACION POR IT DE EMPLEADOS MAYORES DE 62 AÑOS
      • COPAGO DE MEDICAMENTOS EN ESPAÑA
  • ENLACES DE INTERES
    • CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE
    • CALENDARIO LABORAL 2026
    • PROGRAMA CALCULO RETENCIONES AEAT
    • BASES DE COTIZACION 2026
    • CALCULADORA CUOTAS AUTONOMOS 2026
    • SOFTWARE DE FACTURACIÓN
    • REGISTRO DE JORNADA
    • INE_CNAE-2025
  • AREA CLIENTES
  • CONTACTO
  • QUIENES SOMOS

Mobile Menu

  • SERVICIOS
    • FISCAL Y CONTABLE
      • AUTONOMOS
      • SOCIEDADES
        • CONSTITUCIÓN
      • PARTICULARES
    • LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL
      • EMPRESAS
      • AUTONOMOS
      • EMPLEAD@S DE HOGAR
      • PARTICULARES
    • AUTOMOVILES
    • EMISION CERTIFICADOS DIGITALES
    • OTROS TRAMITES
      • HERENCIAS
      • OBLIGACIONES ARRENDAMIENTOS DE CORTA DURACION
      • NACIONALIDAD POR RESIDENCIA
      • LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD
      • PROTECCIÓN DE DATOS Y LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO
      • LICENCIAS MUNICIPALES
      • SUBVENCIONES
  • NOTICIAS
  • INFORMACIÓN ÚTIL
    • FISCAL
    • LABORAL
    • AUTONOMOS
    • RENTA
    • PRESTACIONES Y DEDUCCIONES
      • MODALIDADES DE JUBILACION DESDE ABRIL 2025
      • PRESTACION POR NACIMIENTO Y CUIDADO DEL MENOR
      • DEDUCCION POR MATERNIDAD
      • REDUCCION DE A COTIZACION POR IT DE EMPLEADOS MAYORES DE 62 AÑOS
      • COPAGO DE MEDICAMENTOS EN ESPAÑA
  • ENLACES DE INTERES
    • CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE
    • CALENDARIO LABORAL 2026
    • PROGRAMA CALCULO RETENCIONES AEAT
    • BASES DE COTIZACION 2026
    • CALCULADORA CUOTAS AUTONOMOS 2026
    • SOFTWARE DE FACTURACIÓN
    • REGISTRO DE JORNADA
    • INE_CNAE-2025
  • AREA CLIENTES
  • CONTACTO
  • QUIENES SOMOS
Imagen Joysa

Régimen de Emplead@s de Hogar

Inicio » Servicios » Laboral y seguridad social » Régimen de Emplead@s de Hogar

¿Qué es el Régimen de emplead@s de hogar?

El régimen de emplead@s del hogar comprende las tareas domésticas, el cuidado y atención de la familia, y otros trabajos complementarios, como jardinería o conducción de vehículos. Desde 2012, este régimen está integrado en el Régimen General de la Seguridad Social, aunque mantiene ciertas peculiaridades que es fundamental conocer para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente y una correcta gestión laboral.

Normativa Aplicable

El marco legal para la contratación de emplead@s del hogar se encuentra recogido en el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, que regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar. Además, desde octubre de 2022, con la ratificación del Convenio 189 de la OIT, se han equiparado ciertos derechos de emplead@s del hogar con los del resto de los trabajadores por cuenta ajena, incluyendo el acceso al desempleo.

Servicios que Ofrecemos

  • Inscripción del empleador en la Seguridad Social: Tramitamos la asignación del Código de Cuenta de Cotización (C.C.C.) necesario para dar de alta a una emplead@ del hogar.
  • Elaboración del contrato de trabajo: Diseñamos contratos personalizados que cumplen con los requisitos legales, adaptándolos a las condiciones pactadas entre las partes (jornada, salario, vacaciones, etc.). Además, gestionamos el registro del contrato en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
  • Altas, bajas y modificaciones en la Seguridad Social: Gestionamos las altas, bajas y modificaciones de datos, asegurando que siempre se cumplan los plazos legales.
  • Elaboración mensual de nóminas: Calculamos las nóminas conforme a la normativa vigente, incluyendo las horas trabajadas, las deducciones por Seguridad Social y las retenciones fiscales, si corresponde.
  • Asesoramiento y gestión para el cumplimiento de las obligaciones de registro horario y prevención de riesgos laborales

Procedimiento para Contratar a una Emplead@ del Hogar

  1. Inscripción del Empleador: El empleador debe registrarse como tal en la Seguridad Social y obtener un Código de Cuenta de Cotización específico para emplead@s del hogar.
  2. Elaboración del Contrato: El contrato debe incluir:
    • Datos del empleador y del trabajador.
    • Jornada de trabajo (horas semanales).
    • Salario (no inferior al Salario Mínimo Interprofesional prorrateado en 12 pagas).
    • Periodo de prueba (si se pacta).
    • Descansos y vacaciones (14 días festivos, 30 días naturales de vacaciones anuales).

    Si los servicios van a durar más de 4 semanas, es obligatorio formalizar un contrato por escrito y conservar una copia firmada por ambas partes. En caso contrario, se presume un contrato indefinido y a jornada completa.

  3. Alta en la Seguridad Social: El alta debe gestionarse antes del inicio de la actividad. Es posible realizar el alta con una antelación máxima de 60 días y hasta el mismo día de inicio. Si se tramita fuera de plazo (hasta 30 días después del inicio), se pagará la cuota desde la fecha indicada como inicio de actividad.
  4. Pago de Cuotas: Desde 2023, el empleador es el único responsable de ingresar las cuotas mensuales mediante domiciliación bancaria. La cuota incluye la aportación del empleador y la del trabajador, descontada del salario.

Cómo se Calcula la Nómina de emplead@s del hogar

  • Salario Base: Debe respetar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.
  • Horas Extraordinarias: Si el contrato incluye horas adicionales, estas deben abonarse según lo acordado o compensarse con descanso equivalente.
  • Pagas Extraordinarias: Pueden prorratearse en las 12 mensualidades o abonarse en junio y diciembre.
  • Deducciones: Se descuentan las cuotas de Seguridad Social correspondientes al trabajador.

Ejemplo de cálculo de una nómina mensual:

  • Salario bruto: 1.200 €
  • Cuota Seguridad Social (4,7%): 56,40 €
  • Salario neto: 1.143,60 €

Cotizaciones a la Seguridad Social

Las bases de cotización para emplead@s del hogar en 2024 se calculan según la siguiente tabla:

Tramo Retribución mensual (€) Base de cotización (€)
1 Hasta 306,00 284,00
2 Desde 306,01 hasta 474,00 405,00
3 Desde 474,01 hasta 644,00 559,00
4 Desde 644,01 hasta 814,00 729,00
5 Desde 814,01 hasta 986,00 901,00
6 Desde 986,01 hasta 1.153,00 1.069,00
7 Desde 1.153,01 hasta 1.323,00 1.323,00
8 Desde 1.323,01 Retribución mensual

La cuota mensual se calcula aplicando los siguientes porcentajes a la base de cotización:

Contratos indefinidos:

  • Cuota del empleador: 23,6% (contingencias comunes) + 1,5% (contingencias profesionales) + 0,55% (desempleo) + 0,58% (mecanismo de equidad intergeneracional) + 0,2% (FOGASA).
  • Cuota del trabajador: 4,7% (contingencias comunes) + 1,55% (desempleo) + 0,12% (mecanismo de equidad intergeneracional).

Contratos temporales:

  • Cuota del empleador: 23,6% (contingencias comunes) + 1,5% (contingencias profesionales) + 6,7% (desempleo) + 0,12% (mecanismo de equidad intergeneracional) + 0,2% (FOGASA).
  • Cuota del trabajador: 4,7% (contingencias comunes) + 1,6% (desempleo) + 0,12% (mecanismo de equidad intergeneracional).

Bonificaciones y Ayudas

  • Descuento del 20% en contingencias comunes.
  • 80% de descuento en desempleo y FOGASA.
  • Bonificación del 100% por contratación de víctimas de violencia de género o sustituciones por riesgos laborales.
  • Reducción del 45% para familias numerosas.
  • 75% de reducción en incapacidad temporal para emplead@s mayores de 62 años.

Prestaciones Cubiertas por el Alta en la Seguridad Social de emplead@s de hogar

Los empleados de hogar tienen derecho a las siguientes prestaciones:

  • Baja por enfermedad común o accidente no laboral (incapacidad temporal).
  • Baja por enfermedad profesional o accidente laboral (incapacidad temporal).
  • Nacimiento y cuidado de menor.
  • Riesgo durante el embarazo o lactancia.
  • Incapacidad permanente.
  • Prestaciones familiares.
  • Jubilación.
  • Muerte y supervivencia (viudedad y orfandad).
  • Cuidados de menores por cáncer u otra enfermedad grave.
  • Desempleo (incluido desde octubre de 2022).

Ventajas de Contratar Nuestros Servicios

  • Cumplimiento Normativo: Garantizamos que todas las gestiones cumplen con la legislación vigente.
  • Ahorro de Tiempo: Nos encargamos de todos los trámites administrativos y legales.
  • Tranquilidad: Contarás con asesoramiento personalizado para resolver cualquier duda o incidencia.

Si necesitas más información o quieres empezar a gestionar tu servicio doméstico, no dudes en contactarnos.

 

También puede interesarte:

  • Guía empleadas de hogar
  • Preguntas frecuentes empleadas de hogar
  • Prevención de riesgos laborales en empleadas de hogar
  • Registro horario en empleadas de hogar

Barra lateral principal

Buscador

marzo 2026
L M X J V S D
 1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031  
« Feb    

Últimas noticias

Criterios para delimitar cuando un cambio de centro de trabajo es modificación sustancial

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha …

La Inspección de Trabajo lanza una nueva campaña para detectar a los falsos autónomos

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social …

Los tribunales ponen límites al uso estratégico de la reducción de jornada para evitar el despido

Los tribunales españoles están comenzando a …

La Seguridad Social reforzará el control de las bajas médicas recurrentes tras el informe de la AIReF

La gestión de las bajas por incapacidad …

Procedimiento de desahucio por impago para pequeños propietarios: nuevo tratamiento tras el RDL 2026

El Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, …

Footer

Colegio de Gestores
administrativos de Madrid

Donde estamos

JOYSA GESTIÓN DE EMPRESAS S.L.P.
91 378 10 00.
608 325 149.

Avenida Betanzos 55 posterior.
28029 Madrid.

gestoria@joysa.es

Legales

Política de privacidad
Política de Cookies
Aviso legal
Canal de Denuncias
Procedimiento Canal de Denuncias

© 2026 · Joysa Gestión de Empresas S.L.P.

Gestionar consentimiento
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
  • {title}
  • {title}
  • {title}