La Dirección General de Tributos (DGT) ha aclarado una cuestión que preocupaba a muchos arrendadores: ¿se puede aplicar la reducción del IRPF cuando se alquilan habitaciones y no la vivienda completa? La respuesta es sí, siempre que el destino sea la vivienda habitual del inquilino.
Consulta vinculante de 4 de junio de 2024
Esta consulta resuelve las dudas en torno a los arrendamientos por habitaciones. Hasta ahora, existía incertidumbre sobre si estos contratos permitían aplicar la reducción del rendimiento neto prevista en el IRPF para los arrendamientos destinados a vivienda habitual.
La DGT confirma que la reducción sí es aplicable, incluso si se arrienda por habitaciones, siempre que:
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El arrendatario destine la habitación a su vivienda habitual.
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No se presten servicios propios de la hostelería (limpieza diaria, comidas, etc.).
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Se pueda acreditar adecuadamente el destino del alquiler mediante el contrato.
¿Qué reducción se aplica en 2024?
Desde el 1 de enero de 2024, y con efectos en la Renta de ese ejercicio, la normativa ha cambiado:
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La reducción general es del 50 %.
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Puede incrementarse hasta el:
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90 % si el alquiler es a jóvenes de entre 18 y 35 años en zonas tensionadas.
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70 % si se alquila por primera vez en zona tensionada o se rebaja el precio anterior.
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60 % si se han realizado obras de rehabilitación.
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Solo se aplican estas reducciones si el contrato está registrado en el organismo competente y se trata de arrendamientos de vivienda habitual (no turísticos ni temporales).
En cualquier caso, los contratos firmados antes del 1 de enero de 2024 y que sigan vigentes mantienen la reducción anterior del 60 %.
¿Qué implica esto para el alquiler por habitaciones?
Aunque se alquile solo una parte de la vivienda, si el arrendatario utiliza la habitación como residencia habitual y el contrato lo refleja adecuadamente, el arrendador puede beneficiarse de la reducción del rendimiento neto en su declaración de la Renta.
Esto supone un importante ahorro fiscal, especialmente en un contexto donde alquilar por habitaciones es cada vez más frecuente en las grandes ciudades.
Conclusión
Esta consulta ofrece seguridad jurídica a muchos pequeños arrendadores. La clave está en cumplir con los requisitos formales y acreditar que el alquiler tiene por objeto cubrir una necesidad de vivienda, aunque sea solo para una habitación. Si es tu caso, conviene revisar los contratos y asegurarte de que están correctamente redactados y registrados.
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