El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, publicado en el BOE el 24 de diciembre de 2025, introduce una serie de medidas fiscales y laborales para 2026, en un contexto de prórroga de los Presupuestos Generales del Estado.
Estas medidas afectan principalmente a la revalorización de las pensiones, a las cotizaciones a la Seguridad Social, al Salario Mínimo Interprofesional, a la situación de los beneficiarios de prestaciones por desempleo en el IRPF, y prorrogan tanto los límites del régimen de módulos como determinadas deducciones en el Impuesto sobre la Renta.
Revalorización de las pensiones en 2026
Las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas se revalorizan en 2026 conforme a la evolución media del IPC, con un incremento general del 2,7 % respecto a las cuantías vigentes en 2025.
Junto a esta revalorización general, se actualiza el complemento para la reducción de la brecha de género, que en 2026 queda fijado en:
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36,90 euros mensuales por cada hijo,
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con un máximo de cuatro hijos.
Esto supone un importe máximo de 147,60 euros al mes, que se abona junto con la pensión contributiva y tiene como finalidad compensar el impacto que la maternidad o paternidad ha tenido en la carrera de cotización.
Cotizaciones a la Seguridad Social: qué cambia en 2026
Bases mínimas de cotización y Salario Mínimo Interprofesional
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 2025 se mantiene vigente hasta que se apruebe el nuevo SMI para 2026. Mientras esto no ocurra, no se actualizan las bases mínimas de cotización, ya que estas están directamente vinculadas al SMI.
Esto implica que, cuando se apruebe el SMI 2026, lo habitual será que:
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El nuevo salario mínimo tenga efectos desde el 1 de enero de 2026, y
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Sea necesario regularizar salarios y cotizaciones con efectos retroactivos, tanto en nóminas como en seguros sociales, como ha venido sucediendo en años anteriores.
Bases máximas de cotización
Sí se actualiza el tope máximo de cotización a la Seguridad Social, que para 2026 se fija en 5.101,20 euros mensuales.
Este incremento afecta tanto a trabajadores por cuenta ajena como a trabajadores autónomos, ya que el tope máximo del sistema actúa como referencia común.
Cotización de los autónomos en 2026
En el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) se mantienen en 2026 las mismas tablas de cotización vigentes en 2025, tanto la tabla general como la tabla reducida, tal y como habíamos avanzado en otra publicación.
La única modificación introducida es la actualización de la base máxima de los tramos más altos (tramos 11 y 12), que se ajusta al nuevo tope máximo general de cotización.
En consecuencia:
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No cambia el sistema de tramos ni los rendimientos asociados a cada uno.
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Lo único que se incrementa es el límite máximo de cotización para los autónomos con mayores rendimientos.
Prestaciones por desempleo y declaración de la Renta: aclaración definitiva
La obligación de presentar la declaración del IRPF por parte de los beneficiarios de prestaciones por desempleo ha sido una cuestión especialmente controvertida en los últimos años.
En 2024, una reforma de la normativa de desempleo introdujo la previsión de que las personas que cobraran prestaciones o subsidios tendrían que presentar la declaración de la Renta, incluso aunque no estuvieran obligadas conforme a las reglas generales del IRPF. El objetivo era permitir al SEPE un mayor control de la situación económica de los perceptores.
No obstante, desde su aprobación, esta obligación nunca llegó a aplicarse plenamente. A través de sucesivos reales decretos y criterios administrativos, su exigencia fue quedando en suspenso campaña tras campaña, lo que generó una notable inseguridad jurídica.
Con el Real Decreto-ley 16/2025, el legislador opta por eliminar expresamente esta obligación, dejando claro que:
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Cobrar una prestación por desempleo no obliga, por sí solo, a presentar la declaración de la Renta.
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Los perceptores de prestaciones solo deberán presentar IRPF si están obligados conforme a las normas generales del impuesto, como cualquier otro contribuyente.
De este modo, se cierra definitivamente una obligación formal que había sido prevista en la norma, pero que nunca llegó a exigirse de forma efectiva.
Prórroga de los límites del régimen de módulos
La norma prorroga para 2026 los límites cuantitativos ampliados que permiten tributar en el régimen de estimación objetiva (módulos) en el IRPF, así como los límites vinculados a los regímenes simplificados del IVA.
Esta prórroga evita que muchos autónomos queden excluidos automáticamente del régimen por superar los límites ordinarios, lo que habría supuesto el paso obligatorio a estimación directa, con mayor carga administrativa y fiscal.
Además, se habilita un plazo extraordinario para:
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Renunciar al régimen de módulos, o
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Revocar una renuncia previa, con efectos para 2026.
Principales prórrogas en el IRPF
El Real Decreto-ley 16/2025 mantiene y amplía determinadas medidas fiscales ya existentes, entre las que destacan:
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Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, ampliando los plazos para poder aplicarlas.
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Imputación de rentas inmobiliarias: se mantiene el porcentaje reducido del 1,1 % para determinados inmuebles con valores catastrales revisados, evitando un aumento de la tributación.
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Deducción por adquisición de vehículos eléctricos y por instalación de puntos de recarga, prorrogando su aplicación temporal.
Para cualquier duda o consulta sobre alguna de estas medidas, o para recibir asesoramiento personalizado, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.


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