El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026 ya ha sido acordado entre el Gobierno y los sindicatos y está pendiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La nueva cuantía será de 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas, lo que supone 17.094 euros brutos anuales.
Esta subida representa un incremento del 3,1 % respecto al SMI de 2025.
¿Desde cuándo se aplica el nuevo SMI?
Aunque todavía no se ha publicado el Real Decreto en el BOE, el acuerdo prevé que el nuevo salario mínimo tenga efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026.
Esto implica que las empresas deberán:
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Regularizar las nóminas de enero (y las ya abonadas en 2026 si procede)
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Abonar los atrasos correspondientes
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Revisar contratos y tablas salariales vinculadas al SMI
Hasta su publicación oficial, sigue vigente el SMI de 2025 (1.184 euros en 14 pagas).
Impacto en empresas
La subida del SMI afecta directamente a:
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Salarios base por debajo del nuevo mínimo
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Complementos absorbibles y no absorbibles
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Contratos de formación y aprendizaje
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Empleados del hogar
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Sector agrario
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Bases mínimas de cotización vinculadas al SMI
También será necesario revisar los convenios colectivos que utilicen el SMI como referencia salarial.
¿Habrá que pagar atrasos?
Sí. Al tener efectos desde el 1 de enero de 2026, las empresas deberán calcular y abonar la diferencia salarial en concepto de atrasos en la primera nómina posible tras la publicación del BOE.
Recomendación para empresas
Desde el punto de vista de la gestión laboral, es aconsejable:
✔ Revisar las nóminas de los trabajadores con salarios más bajos
✔ Analizar la estructura salarial (absorción y compensación)
✔ Preparar el cálculo de atrasos
✔ Verificar la adecuación al convenio colectivo
Una correcta planificación evitará errores en cotización y posibles reclamaciones salariales.
No dudes en contactar con nosotros para cualquier aclaración.
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