La entrada en vigor del Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, ha puesto en marcha un proceso de regularización extraordinaria dirigido a personas extranjeras en situación irregular en España, con importantes implicaciones para el ámbito laboral.
La medida, anunciada previamente por el Gobierno, podría afectar inicialmente a unas 500.000 personas, aunque se estima que la cifra final podría ser superior.
Dos vías de regularización
La norma establece dos procedimientos diferenciados:
- Personas extranjeras que ya viven en España y trabajan de forma irregular
- Personas que han solicitado protección internacional (asilo o protección subsidiaria)
En ambos casos, se concede una autorización de residencia y trabajo de un año, válida para:
- Trabajo por cuenta ajena
- Trabajo por cuenta propia
- Cualquier sector y en todo el territorio nacional
Requisitos principales
Para acceder al proceso, deben cumplirse, entre otros, los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad
- Estar en España en el momento de la solicitud
- No tener autorización de estancia o residencia en vigor
- Haber permanecido en España al menos 5 meses de forma continuada
- Haber estado en España antes del 1 de enero de 2026
- Carecer de antecedentes penales en España y en países de residencia previa
- No suponer riesgo para el orden público, seguridad o salud pública
Además, se exige aportar documentación identificativa (pasaporte, cédula o título de viaje) y acreditar la permanencia mediante cualquier medio válido (empadronamiento, contratos, documentos médicos, etc.).
Requisitos adicionales (arraigo extraordinario)
Para quienes no sean solicitantes de protección internacional, será necesario acreditar al menos una de estas circunstancias:
- Existencia de una relación laboral o contratos superiores a 90 días en un año
- Haber trabajado o manifestar intención de trabajar (por cuenta ajena o propia)
- Permanecer con unidad familiar en España
- Estar en situación de vulnerabilidad acreditada
Plazos y presentación de solicitudes
El proceso se desarrolla con los siguientes plazos:
- Inicio: 16 de abril de 2026 (telemático)
- Atención presencial: desde el 20 de abril de 2026
- Fin del plazo: 30 de junio de 2026
La solicitud debe presentarse mediante modelos oficiales:
- EX31 (protección internacional)
- EX32 (arraigo extraordinario)
El plazo máximo de resolución es de tres meses, con silencio administrativo desestimatorio.
Aspecto clave para empresas: autorización provisional para trabajar
Uno de los puntos más relevantes para empresas y asesores laborales es que:
Desde la admisión a trámite (prevista en unos 15 días), el solicitante puede comenzar a trabajar.
Esto permite:
- Incorporación rápida de trabajadores
- Regularización de situaciones laborales existentes
No obstante:
- Si la solicitud es denegada, se pierde automáticamente la autorización provisional
- El trabajador debe informar a la empresa del resultado
Tasas y tramitación
La solicitud exige el pago de una tasa de 38,28 €, mediante el modelo 790 código 052.
Las solicitudes pueden presentarse en:
- Oficinas de Extranjería
- Seguridad Social
- Oficinas de Correos
Duración y renovación
La autorización inicial:
- Tiene una duración de 1 año
Posteriormente:
- Debe solicitarse una autorización ordinaria de residencia y trabajo conforme al artículo 191 del reglamento
- Puede prorrogarse en determinados supuestos (búsqueda activa de empleo, integración o situaciones excepcionales)
Finalidad de la medida
El proceso responde a un doble objetivo:
- Regularizar la situación administrativa de personas extranjeras
- Facilitar su incorporación al mercado laboral formal
Permitirá que trabajadores que ya prestan servicios en muchos casos de forma irregular pasen a hacerlo cotizando y tributando en España.
Conclusión
La regularización extraordinaria de 2026 supone una medida de gran impacto para el ámbito laboral.
Para empresas y despachos profesionales implica:
✔ Nuevas posibilidades de contratación
✔ Regularización de situaciones existentes
✔ Necesidad de control riguroso del procedimiento y plazos
Si te encuentras en esta situación, o en tu empresa cuentas con trabajadores extranjeros que podrían acogerse a este proceso, ponte en contacto para estudiar tu caso y gestionar todo el proceso con la máximas garantías


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