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Mejoras en los permisos por hijos: nacimiento ampliado y parental retribuido

Inicio » Noticias » Mejoras en los permisos por hijos: nacimiento ampliado y parental retribuido

4 agosto 2025 //  by Joysa

El BOE del 30 de julio de 2025 publica el Real Decreto-ley 9/2025, que amplía los derechos de conciliación para padres y madres, mejorando los permisos por hijos. El permiso por nacimiento pasa de 16 a 17 semanas y, por primera vez, 2 semanas del permiso parental serán retribuidas. La entrada en vigor es el 31 de julio de 2025.

1. Permiso por nacimiento: 17 semanas retribuidas

Cada progenitor tendrá derecho a:

  • 6 semanas obligatorias tras el nacimiento.

  • 11 semanas de disfrute flexible hasta los 12 meses del menor.

  • Todo el permiso será retribuido al 100 % por la Seguridad Social.

📌 Esta mejora se aplica a nacimientos, adopciones, guarda o acogimiento formalizados desde el 31 de julio de 2025.

2. Permiso parental: 8 semanas totales, 2 retribuidas

El permiso parental sigue siendo de 8 semanas, para cuidado de hijos hasta los 8 años. A partir de esta reforma:

  • 2 semanas serán retribuidas al 100 % por el INSS.

  • El permiso puede tomarse de forma flexible: a jornada completa o parcial, continua o discontinua.

  • Aplica con efecto retroactivo a nacimientos desde el 2 de agosto de 2024, pero solo podrá cobrarse a partir del 1 de enero de 2026.

 3. Familias monoparentales: hasta 32 semanas y 4 retribuidas

  • Tendrán derecho a un permiso total de 32 semanas.

  • Incluye 4 semanas retribuidas de cuidado parental hasta los 8 años del menor.

  • Se cumple así lo establecido por la Sentencia del Tribunal Constitucional 140/2024.

4. ¿Qué pasaba antes? Sentencias que obligaban a las empresas a pagar

Debido al retraso en la transposición de la Directiva Europea 2019/1158:

  • Varios tribunales superiores estimaron que, ante la falta de norma estatal, las empresas debían asumir el coste del permiso parental retribuido.

  • Las sentencias aplicaban directamente la Directiva europea, generando inseguridad jurídica.

Con la reforma de julio de 2025, esta carga se transfiere al sistema público, resolviendo el vacío legal.

Se adjunta la nota de prensa del Consejo de Ministros

¿Eres empresa o trabajador? Te asesoramos para

  • Aplicar correctamente los nuevos permisos en nómina o contrato.

  • Gestionar solicitudes de trabajadores y documentar la situación.

  • Resolver incidencias derivadas del periodo anterior a la reforma.

Solicita una consulta profesional.

También te puede interesar:

  • Deducción por maternidad
  • Como incluir a los hijos en la declaración de la renta
  • Tributación conjunta en guarda compartida

Categoría: Noticia

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