El Tribunal Supremo ya resolvió una cuestión que genera muchas dudas entre los trabajadores por cuenta propia: ¿se pueden aplicar los beneficios en la cotización (como la tarifa plana) si el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) se realiza fuera de plazo?
¿Qué dice la sentencia?
En su sentencia de 18 de marzo de 2024 (recurso 7060/2022), el Tribunal Supremo establece que no es posible aplicar los beneficios en la cotización cuando el alta en el RETA se realiza de forma extemporánea, es decir, fuera del plazo legalmente establecido.
Esta decisión supone un criterio claro: para poder disfrutar de las bonificaciones previstas en la normativa (como la tarifa plana para nuevos autónomos), el alta debe haberse comunicado correctamente y en plazo.
¿Cuál es el plazo para comunicar el alta?
Desde 2018, con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 28/2018, los trabajadores por cuenta propia deben comunicar el alta en el RETA antes del inicio de la actividad. Ya no se permite que tenga efectos retroactivos, como ocurría anteriormente.
Si el alta se presenta después del inicio de la actividad (por ejemplo, tras emitir facturas o registrarse en Hacienda), la Seguridad Social considera que se ha incumplido el requisito formal, y por tanto no concede las bonificaciones, aunque se trate de un error involuntario.
¿Qué implicaciones tiene esta sentencia?
Esta sentencia refuerza el criterio que la Tesorería General de la Seguridad Social venía aplicando:
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Alta extemporánea = sin beneficios.
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Aunque el autónomo cumpla los requisitos materiales (ser nuevo autónomo, no haber estado de alta en los dos últimos años, etc.), si no cumple el requisito formal del alta previa, pierde el derecho a las reducciones.
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Esta situación no solo implica pagar la cuota íntegra, sino que en algunos casos puede llevar aparejadas sanciones o recargos.
¿Qué debe tener en cuenta quien quiera darse de alta como autónomo?
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Dar de alta en el RETA antes de comenzar la actividad: Aunque en Hacienda el alta en el censo de empresarios se puede hacer con efectos retroactivos, en la Seguridad Social esto ya no es posible.
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Planificar bien los plazos: Lo ideal es presentar simultáneamente el alta en Hacienda y en la Seguridad Social.
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Contar con asesoramiento profesional: Un error en los trámites puede suponer perder beneficios económicos muy importantes durante los primeros meses de actividad.
Conclusión
El Supremo lo deja claro: quien se da de alta fuera de plazo en el RETA no puede disfrutar de la tarifa plana ni de otras bonificaciones. Este criterio, aunque pueda parecer estricto, pretende reforzar la correcta gestión de las altas y garantizar la transparencia del sistema.
Si estás pensando en darte de alta como autónomo o necesitas ayuda con tus trámites ante la Seguridad Social, contáctanos. Te ayudamos a evitar errores y aprovechar al máximo los beneficios que te corresponden.
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