La tarifa plana es un incentivo para fomentar el emprendimiento, mediante bonificaciones en la cuota mensual a pagar en la cotización de autónomos.
La normativa con respecto a esta tarifa plana ha cambiado en los últimos años, tanto en importes, en períodos de duración como en condiciones para el acceso a la misma.
Además, determinadas Comunidades Autónomas tienen programas que complementan esta tarifa estatal, como es el caso de la Comunidad de Madrid.
Para poder acogerse a estas bonificaciones, se debe cumplir al menos uno de estos tres requisitos:
- Darse de alta por primera vez en el régimen de autónomos
- Llevar más de dos años de baja en el RETA si ya se había cotizado anteriormente en este sistema especial sin haberse acogido a la tarifa plana
- Llevar más de tres años de baja en el RETA si ya se había cotizado anteriormente en este sistema especial acogiéndose a la tarifa plana
Los beneficios económicos se dividen por períodos de tiempo:
Si se cotiza por la base mínima: Si se cotiza por base superior:
Cualquier grupo de edad Cualquier grupo de edad
Meses 1 a 12 60 € Bonificación 80% sobre base mínima
Meses 13 a 18 141,65 € Bonificación 50% sobre base mínima
Meses 19 a 24 198,31 € Bonificación 30% sobre base mínima
Varones menores de 30 años y mujeres menores de 35 años
Meses 24 a 36 198,31 € Bonificación 30% sobre base mínima
Hay que destacar que actualmente los autónomos acogidos a la tarifa plana vienen obligados a cotizar por las contingencias profesionales, cese de actividad y formación profesional, lo que supone un incremento adicional en las cuotas indicadas anteriormente.
Existen supuestos especiales para el caso de maternidad, pluriactividad, o autónomos que desarrollan la actividad en municipios de menos de 5000 habitantes.
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