Regularización de cuotas RETA: Contexto y Motivos
Desde el 1 de enero de 2023, el sistema de cotización de los trabajadores autónomos ha cambiado, estableciéndose un modelo basado en los ingresos reales. Este nuevo sistema implica que las cuotas a la Seguridad Social ya no se eligen libremente dentro de ciertos límites, sino que se ajustan a los rendimientos obtenidos. Como consecuencia, a partir de 2024, estamos viviendo las regularizaciones de cuotas del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), lo que genera dudas sobre su tratamiento fiscal en el IRPF.
En este contexto, la Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido la Consulta Vinculante V2518-22, que arroja luz sobre el tratamiento fiscal de estas regularizaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
¿En qué Consiste la Regularización de Cuotas RETA?
La Seguridad Social está llevando a cabo ajustes en las cuotas del RETA de los autónomos en función de sus ingresos reales declarados en 2023. Este proceso de regularización implica que aquellos que hayan cotizado por debajo de lo que corresponde según sus rendimientos deberán abonar una cantidad adicional, mientras que aquellos que hayan cotizado de más pueden recibir una devolución. Esta es la primera vez que se aplica este sistema de ajuste, lo que ha generado incertidumbre sobre su tratamiento fiscal en el IRPF.
Tratamiento Fiscal en el IRPF: Claves de la Consulta Vinculante V2518-22
La consulta aclara que las cuotas del RETA abonadas en virtud de una regularización tienen la misma naturaleza que las cuotas ordinarias y, por tanto, deben imputarse fiscalmente al ejercicio en el que efectivamente se pagan.
En este sentido:
- Deducción en Rendimientos de Actividades Económicas: Las cuotas del RETA, incluidas las regularizaciones, son gastos deducibles en la determinación del rendimiento neto de la actividad económica en el ejercicio en que se abonan.
- Imputación Temporal: Aunque la regularización se refiera a periodos anteriores, el criterio de caja prevalece, lo que significa que solo podrá deducirse en el año en que se realiza el pago.
- Posibilidad de Rectificación de Autoliquidaciones: Si el autónomo ya presentó su declaración de IRPF y posteriormente se ve obligado a pagar cuotas adicionales del RETA por regularización, no puede modificar ejercicios anteriores. Deberá imputarlas al año en que se efectúa el pago.
Conclusiones
La consulta vinculante V2518-22 ratifica el criterio de imputación fiscal de las regularizaciones de cuotas del RETA al ejercicio en el que se pagan. Esto implica que los autónomos deben considerar estas cuotas como gastos deducibles en el IRPF del ejercicio corriente, sin posibilidad de modificar ejercicios pasados.
Este criterio resulta relevante para la correcta planificación fiscal y la gestión contable de los trabajadores por cuenta propia, evitando posibles errores en la declaración de la renta y optimizando la deducción de estos pagos.
Si necesitas más información o asesoramiento sobre tu situación concreta, no dudes en consultarnos.
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