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Maternidad y paternidad para autónomos en 2025

Inicio » Maternidad y paternidad para autónomos en 2025

Si eres autónomo o autónoma y vas a ser madre o padre, seguramente te preocupa qué pasa con tu cuota de autónomos durante la baja.
Durante mucho tiempo se dijo que no había que pagar nada en este periodo, pero la normativa ha cambiado y es importante conocer qué parte de la cuota sigue vigente y cómo calcularla.

La normativa vigente

Desde el 1 de enero de 2023 está en vigor el Real Decreto-ley 13/2022, que reformó el sistema de cotización de los autónomos y actualizó las bonificaciones.
El artículo 38 quater de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo, establece que:

💡 La cuota por contingencias comunes estará bonificada al 100 %, excluida la correspondiente a incapacidad temporal, durante los períodos de descanso por nacimiento, adopción, acogimiento, guarda con fines de adopción, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.

Es decir, no pagas la parte de contingencias comunes de tu cuota, salvo la fracción destinada a incapacidad temporal (IT).
El resto de conceptos (contingencias profesionales, cese de actividad, formación profesional y el MEI) sí deben pagarse.

Ejemplo práctico: cuánto pagas durante la baja

Supongamos que cotizas por la base mínima en 2025 (960,60 €) y no tienes tarifa plana.
Tu cuota mensual normal sería aproximadamente:

Concepto Cuota (€)
Contingencias comunes (CC) 271,86 €
– de los cuales IT (no bonificada) 31,70 €
Contingencias profesionales 12,49 €
Cese de actividad 8,65 €
Formación profesional 0,96 €
MEI 1,92 €
Total cuota normal 295,88 €

🔹 Durante la baja por maternidad o paternidad:

  • Se bonifican 240,16 € (CC menos IT).

  • Pagas ≈ 55,72 €/mes en lugar de 295,88 €.

Si tienes tarifa plana…

Si estás acogido a la tarifa plana de 80 €/mes, también se aplica la bonificación proporcional.
Tu cuota bajará aún más, pero no será cero: pagarás únicamente la parte no bonificada (IT, contingencias profesionales, cese, formación y MEI).

Bonificación al reincorporarte

Cuando te reincorpores a la actividad, tendrás derecho a una bonificación del 80 % de la cuota por contingencias comunes (sin IT) durante 24 meses, siempre que vuelvas a estar de alta dentro de los 2 años siguientes al descanso.

Conclusión

La baja por maternidad o paternidad para autónomos en 2025 no implica dejar de pagar completamente la cuota, pero la bonificación del 100 % de las contingencias comunes (salvo IT) reduce el importe de forma significativa.
Conocer la normativa y el cálculo exacto te permite evitar sorpresas, planificar tu tesorería y optimizar tu base de cotización para aprovechar al máximo esta prestación.

Si necesitas más información o asesoramiento sobre tu situación concreta, no dudes en consultarnos.

 

También te puede interesar:

  • Nueva cotización autónomos
  • Regularización cuotas autónomos
  • Tarifa plana autónomos
  • Asesoramiento para autónomos
  • Maternidad y paternidad para autónomos

 

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