El Programa Auto+ es el nuevo sistema estatal de ayudas destinado a incentivar la adquisición de vehículos eléctricos y electrificados en España. Regulado por el Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, sustituye al anterior esquema de incentivos MOVES e introduce importantes novedades tanto en las cuantías como en la forma de calcular las ayudas.
El programa cuenta con una dotación de 400 millones de euros para 2026 y contempla ayudas tanto para particulares como para autónomos y empresas.
Una de sus principales novedades es que la subvención ya no depende únicamente del tipo de vehículo adquirido: el importe se calcula teniendo en cuenta su grado de electrificación, su precio y su vinculación con la fabricación europea.
Además, las ayudas correspondientes a 2026 tienen carácter retroactivo y pueden alcanzar a determinadas adquisiciones realizadas desde el 1 de enero de 2026.
¿Quién puede beneficiarse del Programa Auto+?
El Programa Auto+ establece dos líneas diferenciadas:
Línea 1: particulares
Está destinada a personas físicas mayores de edad, con residencia legal en España, que no desarrollen una actividad económica.
Esta línea ya se encuentra abierta. El plazo de presentación de solicitudes comenzó el 4 de agosto de 2026 y finalizará el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00 horas, salvo agotamiento previo de los fondos.
La convocatoria dispone de un presupuesto de 350 millones de euros.
Línea 2: autónomos y empresas
Está destinada a:
- Personas físicas que desarrollen una actividad económica y estén dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT.
- Empresas con personalidad jurídica propia, con independencia de su tamaño.
Quedan excluidos determinados concesionarios y puntos de venta de vehículos.
Para 2026, esta línea dispone de una dotación prevista de 50 millones de euros.
A fecha de 31 de agosto de 2026, la convocatoria de la Línea 2 todavía no se encuentra abierta. El Ministerio de Industria y Turismo ha anunciado su apertura para después del verano.
Por tanto, los autónomos y empresas interesados deben distinguir entre la aprobación y regulación del programa —que ya se ha producido— y la apertura efectiva de su convocatoria, que todavía está pendiente.
¿Qué vehículos pueden recibir la ayuda?
Para poder beneficiarse del Programa Auto+, el vehículo debe disponer de la etiqueta ambiental CERO de la DGT.
El programa contempla las siguientes categorías:
- M1: turismos destinados principalmente al transporte de pasajeros, de hasta nueve plazas incluido el conductor.
- N1: furgonetas y vehículos comerciales ligeros de hasta 3,5 toneladas.
- L3e, L4e y L5e: determinadas motocicletas eléctricas.
- L6e: cuadriciclos ligeros.
- L7e: cuadriciclos pesados.
Pueden acceder al programa tanto los vehículos eléctricos puros (BEV) y los vehículos eléctricos de pila de combustible (FCEV), como determinados híbridos enchufables (PHEV) y vehículos eléctricos de autonomía extendida (EREV), siempre que dispongan de etiqueta CERO.
No obstante, como veremos más adelante, ser eléctrico puro permite acceder a una ayuda superior.
¿Es obligatorio comprar un vehículo nuevo?
No necesariamente.
En la convocatoria correspondiente a 2026 pueden ser subvencionables:
1. Vehículos nuevos
Deben estar matriculados por primera vez en España a nombre del beneficiario desde el 1 de enero de 2026.
2. Determinados vehículos previamente matriculados
También pueden entrar en el programa vehículos adquiridos a través de un concesionario o punto de venta del fabricante o importador cuya primera matriculación como vehículo nuevo en España se haya realizado desde el 1 de enero de 2025, siempre que se cumplan los restantes requisitos establecidos.
Además, entre la primera matriculación y la fecha de factura no pueden haber transcurrido más de doce meses.
¿Pueden acogerse las compras realizadas antes de solicitar la ayuda?
Sí.
Esta es una de las cuestiones importantes del Programa Auto+ para 2026.
Aunque la regulación se publicó en julio, el programa permite subvencionar determinados vehículos adquiridos con anterioridad, estableciendo efectos retroactivos para las adquisiciones realizadas desde el 1 de enero de 2026, siempre que se cumplan todos los requisitos.
Por tanto, haber comprado ya un vehículo eléctrico durante 2026 no impide necesariamente solicitar la ayuda.
¿Qué ayuda puede recibir un particular?
Los importes máximos establecidos para la Línea 1 son:
| Tipo de vehículo | Ayuda máxima |
|---|---|
| Turismo M1 | 4.500 € |
| Furgoneta / vehículo N1 | 5.000 € |
| Motocicletas L3e, L4e y L5e | 1.100 € |
| Cuadriciclos L6e y L7e | 1.500 € |
Es importante recalcar que se trata de importes máximos.
Comprar un turismo eléctrico no significa automáticamente recibir 4.500 euros.
El importe definitivo dependerá de las características concretas del vehículo.
¿Qué ayuda podrán recibir autónomos y microempresas?
Para los autónomos y las microempresas, la Línea 2 establece los siguientes importes máximos:
| Tipo de vehículo | Ayuda máxima |
|---|---|
| Turismo M1 | 6.000 € |
| Furgoneta / vehículo N1 | 7.500 € |
| Motocicletas L3e, L4e y L5e | 1.100 € |
| Cuadriciclos L6e y L7e | 1.500 € |
Por ejemplo, un autónomo que adquiera una furgoneta eléctrica para su actividad podrá acceder, si cumple todos los criterios necesarios, a una subvención máxima de 7.500 euros.
¿Y las empresas de mayor tamaño?
Las empresas que no tengan la consideración de microempresa tendrán unos importes máximos inferiores:
| Tipo de vehículo | Ayuda máxima |
|---|---|
| Turismo M1 | 4.500 € |
| Furgoneta / vehículo N1 | 5.000 € |
| Motocicletas L3e, L4e y L5e | 1.100 € |
| Cuadriciclos L6e y L7e | 1.500 € |
Por tanto, el programa establece un tratamiento especialmente favorable para autónomos y microempresas.
Ayudas especiales de hasta 12.000 euros para determinados autónomos y microempresas
El Real Decreto contempla, además, una modalidad especialmente interesante vinculada al Fondo Social para el Clima.
Para determinados autónomos y microempresas cuya actividad esté incluida en los CNAE que establezca la correspondiente convocatoria, los importes máximos podrán alcanzar:
| Tipo de vehículo | Ayuda máxima |
|---|---|
| Turismo M1 | 7.000 € |
| Furgoneta / vehículo N1 | 12.000 € |
| Motocicletas L3e, L4e y L5e | 2.000 € |
| Cuadriciclos L6e y L7e | 2.000 € |
En este supuesto especial solamente podrán subvencionarse vehículos de emisión cero estricta, por lo que quedan excluidos los híbridos enchufables (PHEV) y los eléctricos de autonomía extendida (EREV).
Será necesario esperar a la correspondiente convocatoria para conocer exactamente qué actividades económicas podrán beneficiarse de esta financiación específica.
¿Cómo se calcula realmente la ayuda?
Esta es probablemente la principal novedad del Programa Auto+.
Las cantidades anteriores son máximos teóricos. Para determinar la subvención concreta se aplica un sistema basado en tres criterios:
1. Criterio eléctrico
Se premia especialmente la electrificación completa del vehículo.
- Vehículo eléctrico puro: 50 % del importe máximo.
- Híbrido enchufable o eléctrico de autonomía extendida: 25 % del importe máximo.
Por tanto, el vehículo 100 % eléctrico parte con ventaja.
2. Criterio económico
En los turismos M1:
- Si el precio es de hasta 35.000 euros, se añade un 25 % del importe máximo.
- Si el precio supera los 35.000 euros, se añade un 15 %.
Para el resto de categorías se aplica un 25 %.
Los precios se consideran sin impuestos, incluyendo extras, accesorios y servicios asociados a la venta y una vez descontados los descuentos comerciales.
3. Criterio europeo
También se incentiva la fabricación en Europa.
Si el montaje y terminación final del vehículo se ha realizado en una instalación industrial situada en la Unión Europea, podrá añadirse un 15 % del importe máximo.
Puede añadirse además otro 10 % relacionado con la fabricación y características de la batería, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la normativa.
De esta manera, un vehículo que cumpla todos los criterios puede alcanzar el 100 % del importe máximo de ayuda correspondiente a su categoría.
Un ejemplo práctico
Imaginemos un autónomo que adquiere un turismo M1 eléctrico puro por un precio inferior a 35.000 euros.
El máximo previsto para autónomos y microempresas es de 6.000 euros.
Si el vehículo cumple los requisitos:
- Por ser eléctrico puro: 50 %.
- Por tener un precio de hasta 35.000 euros: 25 %.
- Por fabricación europea: hasta un 25 % adicional.
Si alcanza todos los criterios, podría llegar al 100 % de la ayuda máxima: 6.000 euros.
En cambio, si el vehículo no cumple los criterios europeos, la ayuda sería inferior.
Por ello, antes de adquirir un vehículo pensando en esta subvención, resulta especialmente importante comprobar qué porcentaje de ayuda corresponde al modelo concreto.
Límites de precio de los vehículos
También existen límites respecto al precio.
Turismos M1
Con carácter general, el precio máximo subvencionable es de 45.000 euros sin impuestos.
En la Línea 2 existe una excepción para los vehículos M1 de ocho o nueve plazas, a los que no se aplica este límite.
Motocicletas
Para las categorías L3e, L4e y L5e, el precio máximo es de 10.000 euros sin impuestos.
Furgonetas N1 y cuadriciclos
No se establece un límite máximo equivalente.
Descuento adicional de 1.000 euros del punto de venta
Para los vehículos de las categorías M1 y N1, el fabricante, importador o punto de venta debe aplicar además un descuento mínimo de 1.000 euros sobre el precio de venta sin impuestos.
Este descuento es independiente de la subvención pública.
No obstante, existe una excepción para las adquisiciones realizadas en 2026 antes de la apertura del plazo de solicitudes: en estos casos, la factura puede no reflejar dicho descuento de 1.000 euros.
¿Cuántos vehículos puede subvencionar un autónomo o una empresa?
El número máximo depende del tipo de beneficiario:
- Un particular: 1 vehículo.
- Un autónomo: hasta 3 vehículos.
- Una empresa: hasta 10 vehículos.
Cada vehículo solamente puede recibir una subvención del Programa Auto+ una vez.
¿Es posible obtener la ayuda mediante renting o leasing?
Sí, pero existe una diferencia importante entre particulares y quienes desarrollan actividades económicas.
En la Línea 2, destinada a autónomos y empresas, son subvencionables tanto:
- La adquisición directa del vehículo.
- El leasing financiero.
- El renting o leasing operativo.
Las operaciones deben formalizarse en España y cumplir las condiciones establecidas en la normativa y en la convocatoria.
Esto puede resultar especialmente interesante para empresas y profesionales que renuevan sus vehículos mediante renting en lugar de adquirirlos directamente.
Compatibilidad con otras subvenciones
El Programa Auto+ puede ser compatible con otras subvenciones, ayudas o recursos destinados al mismo vehículo siempre que no procedan de instrumentos de financiación de la Unión Europea.
En cualquier caso, la suma de las ayudas no puede superar el 80 % del coste subvencionable.
Además, para autónomos y empresas deben respetarse las reglas y límites correspondientes a las ayudas de minimis.
El Programa Auto+ no es compatible con las ayudas del MOVES FLOTAS PLUS para los mismos costes subvencionables.
¿Cómo se solicitan las ayudas?
Las solicitudes se presentan telemáticamente a través del sistema de gestión habilitado por el Ministerio de Industria y Turismo.
La solicitud puede presentarla:
- El propio interesado mediante certificado electrónico.
- Un representante debidamente autorizado.
Los concesionarios, puntos de venta y empresas de renting pueden colaborar en la tramitación de las solicitudes siempre que cumplan los requisitos establecidos.
Las ayudas se conceden por orden de solicitud
Otro aspecto especialmente importante es que no se trata de una convocatoria de concurrencia competitiva.
Las subvenciones se conceden directamente a las solicitudes que cumplan los requisitos por orden de presentación, hasta que se agote el presupuesto disponible.
Cuando se agoten los fondos podrán seguir presentándose solicitudes, que pasarán a una lista de espera. Sin embargo, estar incluido en dicha lista no garantiza el derecho a percibir la ayuda.
Por ello, una vez abierta la convocatoria correspondiente, puede ser importante no retrasar innecesariamente la presentación de la solicitud.
¿Está ya abierto el Programa Auto+?
Sí, pero solamente de forma parcial.
Actualmente se encuentra abierta la Línea 1 para particulares, cuyo plazo comenzó el 4 de agosto de 2026 y finaliza el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00 horas, salvo agotamiento del presupuesto.
La Línea 2 para autónomos y empresas todavía está pendiente de apertura.
El Ministerio de Industria y Turismo ha anunciado que esta segunda línea se abrirá después del verano.
Por tanto, los autónomos y empresas interesados en adquirir un vehículo eléctrico durante 2026 deben estar atentos a la publicación de la convocatoria.
Una ayuda especialmente interesante para autónomos y pequeñas empresas
El Programa Auto+ puede resultar especialmente atractivo para profesionales y pequeñas empresas que necesiten renovar un turismo o, sobre todo, una furgoneta o vehículo comercial utilizado en su actividad.
Las ayudas ordinarias pueden alcanzar los 7.500 euros para una furgoneta adquirida por un autónomo o microempresa, mientras que determinados beneficiarios incluidos en las actuaciones financiadas por el Fondo Social para el Clima podrían alcanzar hasta 12.000 euros.
No obstante, el importe máximo anunciado no debe confundirse con la subvención que finalmente se recibirá.
El modelo concreto de vehículo, su precio, el grado de electrificación, su fabricación y la procedencia de la batería pueden modificar considerablemente la cuantía.
Por ello, es recomendable comprobar previamente los requisitos y el importe de la ayuda aplicable antes de formalizar la adquisición o el renting del vehículo.
Normativa: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados (Programa Auto+).
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