El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha presentado una propuesta de actualización del sistema de cotización por ingresos reales que afectará a los trabajadores autónomos a partir del 1 de enero de 2026. La medida forma parte del calendario de implantación progresiva iniciado en 2023 y busca ajustar las bases y cuotas a los rendimientos netos efectivamente obtenidos, conforme a la base imponible del IRPF.
Un sistema basado en ingresos reales
El modelo mantiene el principio de que cada autónomo cotice en función de sus rendimientos netos mensuales, deducidos los gastos y aplicada la reducción general del 7 % (3 % en el caso de autónomos societarios).
Con ello, la base de cotización se determina según la información fiscal disponible, y las cuotas provisionales pueden regularizarse una vez finalizado el ejercicio, ajustando la diferencia entre lo abonado y los ingresos reales declarados.
Rango de cuotas y horizonte temporal
La propuesta contempla una cuota mínima de 217,37 € mensuales para quienes tengan ingresos inferiores a 670 €, y una cuota máxima de 796,24 € para rendimientos superiores a 6.000 €.
Se trata de una revisión al alza respecto a las tablas vigentes en 2025, con subidas moderadas en los tramos más bajos y un incremento más notable para rentas altas.
El documento de trabajo incluye previsiones para 2027 y 2028, con un rango estimado de entre 234 € y 1.208 €, dentro del proceso de convergencia hacia la equiparación de la base mínima con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), prevista para 2031–2032.
Efectos previstos e implicaciones prácticas
El nuevo sistema persigue una mayor proporcionalidad entre ingresos y cotización, a la vez que incrementa la recaudación y refuerza las prestaciones futuras por jubilación, incapacidad y cese de actividad.
Se espera un aumento de entre 10 € y 20 € mensuales en los tramos bajos y de más de 200 € en los superiores a 6.000 € mensuales.
Administrativamente, se mantienen las principales características del modelo actual:
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Posibilidad de modificar la base de cotización hasta seis veces al año.
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Regularización anual según los rendimientos comunicados a la Agencia Tributaria.
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Gestión unificada con la Tesorería General de la Seguridad Social para el cruce automático de datos fiscales.
Próximos pasos normativos
La propuesta deberá concretarse mediante Real Decreto, tras su negociación con las asociaciones representativas del colectivo. Si no se alcanza acuerdo antes de final de 2025, se prorrogarán las cuotas vigentes hasta la aprobación del nuevo marco.
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