Desde hoy mismo y hasta el 31/12/2024 se establecen nuevos tipos de IVA a determinados alimentos, con el objetivo de volver de forma gradual a los tipos impositivos vigentes antes del comienzo de la guerra de Ucrania, respondiendo al mandato de la Comisión Europea para ir atenuando las medidas extraordinarias que los distintos países han adoptado.
De esta manera, en determinados alimentos, como el aceite de oliva y alimentos de primera necesidad, se ha pasado de un 0% hasta el 30 de septiembre, a un 2% durante este último trimestre del año; y las pastas alimenticias y aceites de semilla, que hasta ahora aplicaban un tipo del 5%, pasan al 7.5%. Es decir, que aparecen dos nuevos tipos impositivos de forma temporal.
Lógicamente, los tipos de recargo de equivalencia aplicados a los mismos también varían, siendo el 0.26% y el 1% respectivamente.
Asimismo, el aceite de oliva llevará un tipo super reducido ( 4%) a partir de enero de 2025, ya que será considerado como alimento de primera necesidad.
Para más información contacte con nosotros